Se ha publicado en el BOE de hoy 8 de julio de 2020, con número 187, el Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, el cual entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
Este Real Decreto sustituye el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
Los principales cambios aparecen en el "Artículo 2. Definiciones", las cuales se amplían respecto al anterior Real Decreto, en concreto aparecen dos definiciones nuevas que afectar a las obras de construcción y demolición:
h) «Residuos de construcción y demolición»: residuos generados por las actividades de construcción y demolición.
ñ) «Tratamiento previo»: los procesos físicos, térmicos, químicos o biológicos, incluida la clasificación, a los que son sometidos los residuos con carácter previo a su eliminación mediante depósito en vertedero, que cambian las características de los mismos para reducir su volumen o su peligrosidad, facilitar su manipulación o incrementar su potencial de valorización. Para los residuos municipales, el tratamiento previo comprenderá, cuanto menos, la clasificación y separación de fracciones valorizables de los residuos y, en el caso de contener fracción orgánica, la estabilización de dichas fracciones. Para los residuos de construcción y demolición el tratamiento previo comprenderá como mínimo la clasificación y separación de fracciones valorizables (madera, fracciones de minerales-hormigón, ladrillos, azulejos, cerámica y piedra-, metales, vidrio, plástico y yeso), así como el triturado y cribado de dichas fracciones.
También se ha modificado el apartado "2.3.3 Residuos de amianto" el cual consiste en la indexación con letras, de la a) a la h), de los diferentes apartados.